Legalizaciones y Certificaciones de Documentos Comerciales

La Ley Orgánica del Servicio Consular de la República Bolivariana de Venezuela, dispone en su artículo 11, parágrafo 29, que será atribución de los Cónsules “Legalizar las firmas de las autoridades locales cuando lo exijan los interesados”.

CERTIFICACIÓN DE DOCUMENTOS COMERCIALES:

Requisitos:

  1. Presentar en esta sección consular cualquiera de los siguientes documentos en original, debidamente legalizado por la Cámara de Comercio y/o el Ministerio de Asuntos Exteriores de la República de Polonia según sea el caso:
    • Certificados de Origen.
    • Certificados de Envejecimiento.
    • Certificados de Sanidad Vegetal, Animal o Consumo Humano.
    • Certificado de Análisis.
    • Certificado de Libre Venta.
    • Certificado de Calidad
    • Certificado Fitosanitario.
    • Certificado Libre Radioactividad.
    • Certificado Libre de Contaminación
  2. Copia del Documento a legalizar.
  3. Todo documento que se presente en idioma distinto al idioma castellano, deberá estar debidamente traducido por un intérprete público.
  4. Constancia de depósito de los derechos consulares por el monto de USD 70.00 a nombre de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en la República de Polonia, una vez revisada y aprobada la documentación por el (la) encargado (a) de la Sección Consular de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en la República de Polonia.