Prórroga de pasaportes

Prórroga de pasaportes

Conforme a lo dispuesto en el Decreto Presidencial Nro. 3.097, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 6.333 de fecha 08 de octubre de 2017, corresponde a las Misiones Diplomáticas estampar la prórroga de pasaportes venezolanos, en pasaportes biométricos por el lapso de dos (2) años.

Los venezolanos y venezolanas residentes en el exterior pueden tramitar, a través de la página web del SAIME, la prórroga de su último pasaporte biométrico, el cual debe encontrarse en buen estado y contar con al menos cuatro páginas disponibles.

La prórroga consiste en una filmina de plástico que se coloca justo en la primera página disponible de la libreta del pasaporte. Tiene la misma foto y los datos personales que están en el pasaporte, por lo que no es necesaria una nueva captación de datos.

Requisitos:

  1. Comprobante de pago que le ha otorgado el Sistema Autónomo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), obtenida a través de la página web: www.saime.gob.ve. (Éste comprobante lo podrá imprimir en la página del SAIME, entrando con su contraseña y usuario, en el apartado “Pasaporte” / “Obtención de Prórroga de Pasaporte Electrónico en el Extranjero”, una vez realizado el pago en línea).
  2. Pasaporte venezolano biométrico (chip integrado), vencido o próximo a vencerse, es decir seis (06) meses antes de la fecha de vencimiento, en buen estado, con al menos dos (02) o cuatro (04) hojas disponibles.
  3. Copia de la partida de nacimiento a los niños, niñas y adolescentes.
  4. Copia de la gaceta Oficial (en caso de venezolanos por naturalización).
  5. Una (1) fotografía tipo pasaporte, fondo blanco, reciente (sin lentes).
  6. Planilla “P1” .
  7. Constancia de depósito de los derechos consulares a nombre de la embajada de la República Bolivariana de Venezuela en la República de Polonia, una vez revisada y aprobada la documentación por la Encargada de la Sección Consular de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en la República de Polonia.

Nota: Los niños, niñas y adolescentes menores de dieciocho (18) años de edad, están exentos del pago del arancel consular para los trámites de expedición, renovación o prórroga de pasaportes.

No son prorrogables los pasaportes, en los siguientes casos:

  1. Cuando los ciudadanos posean pasaporte de plantilla o electrónicos (sin chip integrado).
  2. Cuando los ciudadanos poseen pasaportes que se encuentren deteriorados.
  3. Cuando los pasaportes de los ciudadanos solicitantes no posean al menos 4 páginas totalmente libres.
  4. Cuando los ciudadanos hayan perdido o extraviado su pasaporte biométrico (chip integrado).
  5. En el caso de los niños, niñas y adolescentes mayores de nueve (9) años que no se encuentran cedulados.
  6. En el caso de los ciudadanos que hayan solicitado el trámite de renovación de pasaporte y dicho trámite se encuentren en chequeo dactiloscópico no aprobado.

Nota: Los ciudadanos que hayan solicitado el trámite de renovación de pasaporte y se encuentren a la espera de impresión de un nuevo pasaporte, recibirán un correo electrónico del sistema SAIME, que les permitirá acceder al link y activar la opción de prórroga del pasaporte, lo que anulará el procedimiento de renovación de su pasaporte y activará el procedimiento de prórroga desde el inicio. Asimismo, se informa que el ciudadano que canceló el arancel consular por el concepto de renovación de pasaporte no deberá cancelar el arancel por prórroga de pasaporte pero si deberá realizar el pago ante el portal del SAIME para tramitar la prórroga.

El ciudadano venezolano que no acceda al link, continuará a la espera de la impresión de su nuevo pasaporte.

Procedimiento para solicitar la prórroga:

El pasaporte biométrico (chip integrado) debe estar recientemente vencido (a partir de 2015) o pronto a vencerse (hasta seis meses antes de la fecha de vencimiento) para la expedición de la prórroga. Debe ser el último emitido al usuario, encontrarse en buen estado y contar con al menos cuatro páginas disponibles.

  1. Entrar en la web del SAIME (http://www.saime.gob.ve) y elegir la opción «Trámites de pasaporte».


  1. Iniciar sesión colocando su nombre de usuario y clave (estos datos no cambian y son asignados por el SAIME cuando usted se registra en su portal).
  2. Seleccionar el botón “Obtención de prórroga de pasaporte electrónico en el extranjero”.
  3. Seleccionar el pasaporte electrónico que cumpla con las condiciones para realizar el trámite de prórroga.
  4. Indicar la sede consular donde desea que le envíen la prórroga. El usuario debe estar inscrito en dicha sede consular.
  5. A continuación el sistema mostrará un formulario que debe completarse con la información del titular de la tarjeta de crédito y posteriormente la información de la tarjeta de crédito.
  6. Dependiendo del tipo de tarjeta utilizada, puede aparecer una hoja en blanco o un recibo de pago que deberá imprimir y conservar.
  7. Si desea verificar que el trámite se completó exitosamente, debe entrar nuevamente en la pantalla de solicitud de prórroga en el extranjero y aparecerá la siguiente pantalla.Al presionar el símbolo de visto que muestra la pantalla, el sistema arrojará un mensaje similar al siguiente:
  8. La sede central del SAIME ubicada en Caracas, en el marco de sus competencias, se encargará de revisar la solicitud y, de considerarlo pertinente, procederá a la impresión de la prórroga, que posteriormente será enviada a la Sede Consular.
  9. La prórroga impresa será remitida por el SAIME a la Oficina de Relaciones Consulares del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores (MPPRE), para su posterior envío a la Misión Diplomática o Consulado correspondiente.
  10. La Oficina de Relaciones Consulares, del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores mediante valija diplomática procederá a enviar las prórrogas impresas a las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares.
  11. Las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, registrarán en el sistema de registro del SAIME la recepción de las prórrogas impresas. Dicho sistema notificará a los ciudadanos, mediante correo electrónico, que su prórroga se encuentra disponible para ser estampada.
  12. Al ser recibida la prórroga, el ciudadano se dirigirá al Consulado, con su cédula de identidad, la constancia de registro consular y el pasaporte original que será prorrogado. Se verificará que el pasaporte esté en buenas condiciones y tenga las páginas disponibles. Luego de cumplirse lo anterior, el usuario procederá a realizar el pago del arancel consular, pagaderos en la cuenta especialmente designada para esto por la embajada de la República Bolivariana de Venezuela en la República de Polonia, cuyos datos le serán indicados ese día. No se acepta dinero en efectivo ni cheques, por lo que el funcionario le indicará cómo puede realizar el pago.
  13. Posteriormente el ciudadano se dirigirá a la sede de la Misión Diplomática y la Encargada de la Sección Consular, luego de verificar las condiciones del pasaporte procede a estampar en la primera página disponible de la libreta del pasaporte la prórroga impresa. Recalcamos que esto será así siempre y cuando el pasaporte presentado cuente con las condiciones mencionadas anteriormente para prórroga de pasaportes, en caso contrario la Encargada de la Sección Consular tiene la facultad para no estampar la prórroga impresa.
  14. Se estampará la prórroga en la primera página disponible en la libreta del pasaporte.

Si el pasaporte no cuenta con las condiciones establecidas, el funcionario de la Sección Consular no estampará la prórroga impresa.

Recuerde:

Cuando acuda a la sede consular para estampar su prórroga, debe presentar:

  1. Pasaporte a prorrogar.
  2. Constancia de Inscripción Consular.
  3. Cédula de Identidad, si es mayor de 9 años;
  4. Si es naturalizado, debe traer además la Gaceta Oficial donde se le otorga la nacionalidad o el Certificado de Naturalización;
  5. Si es menor de edad, debe acudir uno de los progenitores con su cédula de identidad o pasaporte, y la partida de nacimiento de su hijo/hija.

¿Qué debe hacer si ya tramitó la renovación del pasaporte, pero quiere optar por la prórroga?

El ciudadano o ciudadana que haya solicitado el trámite de renovación y se encuentre a la espera de impresión de un nuevo pasaporte, puede activar la opción de prórroga del pasaporte, lo que anulará el procedimiento de renovación y activará el proceso de prórroga desde el inicio.

Si ya ha cancelado el arancel consular por concepto de renovación de pasaporte, no deberá cancelar el arancel por prórroga de pasaporte, pero sí deberá realizar el pago ante el portal del SAIME para tramitar la prórroga.

Si decide optar por la prórroga, cuando acuda al Consulado para estampar su prórroga, debe presentar el comprobante (válido para retirar su pasaporte) entregado el día de su cita de renovación. Debe tramitar su prórroga en la misma sede consular donde había iniciado su renovación.

En caso de que decida no activar la prórroga, continuará a la espera de la impresión de su nuevo pasaporte.