De acuerdo al artículo 1684 del Código Civil Venezolano, un poder es un documento legal donde consta un mandato o contrato por el cual una persona se obliga gratuitamente o mediante salario a ejecutar uno o más negocios por cuenta de otra, que le han encargado de ello. Un poder puede ser Especial para un negocio o para ciertos negocios solamente o General para todos los negocios del mandante, en éste último caso no corresponde más que a actos de administración.
PODERES ESPECIALES
Será para un negocio o para ciertos negocios u acción específica.
PODER GENERAL
Para todos los negocios del mandante.
Requisitos:
- Remisión previa del contenido del poder en formato digital a través del correo electrónico embajada@venez.pl
- El documento debe ser redactado en idioma español, impreso en papel tamaño oficio o legal (8” 1/2 x 14”), escrito a doble espacio, las páginas no deben exceder de treinta y dos (32) líneas cada una, los márgenes laterales deben ser de 1,5” pulgadas o 3 cm, los márgenes superior e inferior deben ser de 2” pulgadas o 5 cm.
- Un original más dos fotocopias en papel tamaño oficio o legal (8” 1/2 x 14”) del documento redactado.
- Original y Copia de la Cédula de Identidad y/o Pasaporte del (los) otorgante (s).
- Presentación del poderdante ante la Sección Consular de esta Misión Diplomática, con el fin de firmar dicho documento.
- Constancia de depósito de los derechos consulares por el monto de USD 300 (lo equivalente en PLN, al cambio del día), en caso de poder general o USD 100 (lo equivalente en PLN, al cambio del día), en caso de poder especial, a nombre de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en la República de Polonia, una vez revisada y aprobada la documentación por el (la) encargado (a) de la Sección Consular de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en la República de Polonia.
Observaciones: Presentar registro mercantil o los documentos de incorporación si se firma a nombre de una empresa.
Presentar el poder original que lo autoriza para tal fin si firma como apoderado de otra persona o empresa.
Se recuerda la necesidad de revocar el poder una vez haya cumplido su función.