Registro del acta de defunción

El registro del acta de defunción es el acto jurídico por el cual se legaliza dicha acta para ser presentada ante las autoridades venezolanas.

Recaudos:

  • Tres (3) fotocopias de la cédula de identidad del/de la fallecido/a.
  • Tres (3) fotocopias del pasaporte (sólo primera página donde aparecen los datos y la foto) del/de la fallecido/a.
  • Tres (3) fotocopias de la partida de nacimiento del/de la fallecido/a.
  • Original de la certificación o acta de defunción emitida por la autoridad local competente de Polonia, debidamente apostillada o legalizada y traducida por intérprete público.
  • Dos (2) fotocopias completas del acta original de defunción apostillada.
  • Tres (3) fotocopias de la Gaceta Oficial o certificado de naturalización, solo si la persona fallecida era venezolana por naturalización. Por naturalizado se entiende una persona extranjera mayor de edad que adquirió la nacionalidad venezolana.
  • Tres (3) fotocopias de la cédula de identidad y pasaporte (sólo primera página donde aparecen los datos y la foto) de la persona que declara al o la fallecido o fallecida.
  • Tres (3) fotocopias del o de las acta o actas de nacimiento de los o las hijos o hijas del fallecido o fallecida.
  • Tres (3) fotocopias de los documentos de identidad de los hijos del fallecido o fallecida.
  • Tres (3) fotocopias del acta o inscripción del matrimonio del fallecido o fallecida, en caso de ser casado o casada el fallecido o fallecida.
  • Tres (3) fotocopias de los documentos de identidad del cónyuge del fallecido o fallecida, en caso de ser casado o casada el fallecido o fallecida.
  • Especificar causa del fallecimiento anexando tres (3) fotocopias del informe médico con traducción oficial al castellano.
  • Imprimir y completar escrita a mano la planilla Extracto de Defunción. Llene solamente sobre los espacios B, C, D, E, F y G del formato con letra legible. No es un archivo editable.

Procedimiento:

1. Solicitar la planilla para registro del acta de defunción en el Registro Civil venezolanoa cualquiera de los siguientes correos electrónicos: embajada@venez.pl o a embajadadevenezuelaenpolonia@gmail.com.

2. La persona interesada debe enviar por correo electrónico los recaudos indicados en formato digital (incluyendo la planilla del trámite) a cualquiera de los correos electrónicos antes indicados. En el asunto del correo debe colocar «Solicitud de registro del acta de defunción».

3. Una vez recibidos y cotejados todos los recaudos, nos pondremos en contacto para informarle el día y la hora en que deberá presentarse en la Embajada para la entrega del documento solicitado.

Duración del trámite:

Diez (10) días hábiles, una vez recibidos los recaudos.

Importe derechos consulares:

Gratuito.

Período de validez del documento entregado por la embajada:

Dependerá del organismo receptor.



¡Importante!:

El día de la cita debe mostrar en original los documentos señalados en los recaudos, no se tramitará la solicitud con la falta de alguna documentación obligatoria.

La entrega del documento se debe hacer de manera personal y presencial en las oficinas de la Embajada. No es posible enviar el registro de defunción por correspondencia postal o servicios de mensajería privada.

Para el traslado del cuerpo o de las cenizas a Venezuela por vía aérea:

La persona interesada deberá aportar a la aerolínea (junto a la urna funeraria):

◦ Un (1) acta original de defunción expedida por el Registro Civil que corresponda, legalizada con la Apostilla de La Haya.

◦ Constancia de embalsamamiento o cremación certificada por la autoridad competente. Esta debe tener la Apostilla de La Haya.

◦ Con ambos documentos debidamente apostillados puede trasladarse los restos o cenizas (sin paso previo por esta Embajada).