Se otorgará al empleado (a) doméstico (a) de funcionario diplomático, consular o auxiliar de la República acreditado en el exterior o funcionario representante de la República Bolivariana de Venezuela acreditado ante Organismo Internacional, cuando regrese definitivamente al país.
Recaudos:
- Original y fotocopia del pasaporte, el cual debe estar vigente por un mínimo de seis (6) meses, a partir de la fecha estimada de viaje. Los solicitantes titulares de un pasaporte extranjero, deben tener permiso de residencia vigente en Polonia.
- Dos (2) fotos recientes, de frente, a color, tamaño carnet y fondo blanco. Las personas que utilicen lentes deben quitárselos para realizar la foto.
- Resolución de traslado definitivo al país del funcionario diplomático, consular o auxiliar;
- Declaración en la cual el funcionario diplomático, consular o auxiliar se compromete a sufragar los gastos de repatriación al país de origen, o de residencia si se presentare el caso;
- Constancia de depósito de los derechos consulares a nombre de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en la República de Polonia, una vez revisada y aprobada la documentación por el (la) encargado (a) de la Sección Consular de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en la República de Polonia.
- Completar la planilla del trámite solicitado, adjuntando los recaudos indicados en formato digital. Debe respetar el tamaño máximo del formato indicados en el formulario editable que se enviará por correo electrónico.
Procedimiento:
1. Solicitar la planilla para visa de Transeúnte Empleado Domestico (TR-ED), a cualquiera de los siguientes correos electrónicos: embajada@venez.pl o a embajadadevenezuelaenpolonia@gmail.com. En el asunto del correo debe colocar «Solicitud de visa de Transeúnte Empleado Domestico (TR-ED)».
2. La persona interesada debe enviar por correo electrónico la planilla del trámite solicitado, completada en el formato Word y los recaudos indicados en formato digital, a cualquiera de las direcciones electrónicas antes mencionadas.
3. Una vez recibidos y cotejados todos los recaudos, nos pondremos en contacto para informarle el día y la hora en que deberá presentarse en la Embajada para el pago de los derechos consulares y la entrega del documento solicitado.
Duración del trámite:
El trámite se efectúa en un lapso de diez (10) días hábiles, una vez recibidos los recaudos.
Importe derechos consulares:
Sesenta dólares estadounidenses (60,00 USD). El pago de los derechos consulares se realiza el día de la cita en efectivo o transferencia bancaria. No es posible devolver el dinero depositado por concepto de tasas consulares, bajo ninguna circunstancia.
Período de validez del documento entregado por la embajada:
El visado Transeúnte Empleado Doméstico(a) (TR-ED) tiene vigencia de un (1) año, múltiples entradas y permitirá una permanencia por igual período. Podrá ser prorrogado por el mismo lapso por el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, a solicitud del funcionario empleador responsable.
¡Importante!:
Todo documento extranjero debe venir apostillado y con traducción oficial al castellano.
La transferencia bancaria para el pago del arancel consular debe realizarse en dólares estadounidenses (USD). El depósito debe hacerse una vez revisada y aprobada la documentación por el o la Encargado (a) de la Sección Consular de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en la República de Polonia. No es posible devolver el dinero depositado por concepto de tasas consulares, bajo ninguna circunstancia.
El día de la cita debe mostrar en original los documentos señalados en los recaudos, no se tramitará la solicitud con la falta de alguna documentación obligatoria.
La entrega de la visa se debe hacer de manera personal y presencial en las oficinas de la Embajada. No es posible enviar el visado por correspondencia postal o servicios de mensajería privada.
Se podrá solicitar otro documento adicional que el embajador requiera para avalar la solicitud.