Registro Civil

Registro de Nacimiento

Presentación de hijos de Venezolanos

Para el registro de un niño nacido en el exterior, de padre y/ o madre venezolanos por nacimiento o naturalización, el (los) presentante (s) deberá (n) cumplir con los siguientes requisitos:

  • Llenado de formulario de solicitud de inscripción de nacimiento, otorgado por la Sección Consular de esta Misión Diplomática.
  • Dos (2) Original del acta o certificado de nacimiento emitido por autoridad local competente del país donde ocurrió el nacimiento, debidamente apostillado y traducido por un intérprete público.
  • Dos (2) copias del acta o certificado de nacimiento emitido por autoridad local competente del país donde ocurrió el nacimiento, debidamente apostillado y traducido por un intérprete público.
  • Tres (3) Original de la Declaración de Voluntad de Acogerse a la Nacionalidad Venezolana.
  • Tres (3) copias de la cédula de identidad y pasaporte de los padres venezolanos.
  • Tres (3) copias de partida de nacimiento de los padres venezolanos por nacimiento.
  • Tres (3) copias de la Gaceta Oficial o Certificado de naturalización de los padres venezolanos por naturalización, si fuera el caso.
  • Tres (3) copias de documento de identidad del padre o madre extranjero, con su debida traducción por intérprete público, si fuera el caso.
  • El o los declarantes deberán llenar la Boleta Estadística de Nacimiento que le suministrará la Sección Consular.
  • Tres (3) copias de documento de identidad de dos (2) testigos.
  • Un (1) Original del poder notariado, si la inscripción se realiza mediante mandato especial.
  • Dos (2) Copias del poder notariado, si la inscripción se realiza mediante mandato especial.
  • Tres (3) copias del documento de identidad del apoderado, si fuera el caso.

Nota: Es necesario que el o los declarantes y los testigos estén presentes para el momento de la firma del acta de nacimiento consular.

Reconocimiento

Requisitos:

  • Llenado de la solicitud de reconocimiento, otorgado por la Sección Consular de esta Misión Diplomática.
  • Tres (3) copias de documento de identidad del padre o madre que realiza el reconocimiento.
  • Tres (3) copias del acta de nacimiento de la Gaceta o Certificado de Naturalización del padre o madre que realiza el reconocimiento, cuando sea venezolano por naturalización. En caso de no tener el acta de nacimiento podrá indicar los datos de inscripción.
  • Una (1) Certificación del acta de nacimiento de la persona reconocida.
  • Dos (2) Copias del acta de nacimiento de la persona reconocida.
  • Tres (3) Copias de documento de identidad de la persona reconocida, en caso de tenerla.
  • Un (1) original de documento de aceptación, en caso que la persona reconocida sea mayor de edad.
  • Dos (2) copias de documento de aceptación, en caso que la persona reconocida sea mayor de edad.
  • Dos (2) Original del documento donde conste el reconocimiento, apostillado y traducido por intérprete público al idioma castellano.
  • Dos (2) copias del documento donde conste el reconocimiento, apostillado y traducido por intérprete público al idioma castellano.
  • Un (1) Original del documento que demuestre la filiación del progenitor fallecido y sus ascendientes, en caso de reconocimiento conforme al artículo 224 del Código Civil.
  • Dos (2) Copias del documento que demuestre la filiación del progenitor fallecido y sus ascendientes, en caso de reconocimiento conforme al artículo 224 del Código Civil.
  • Tres (3) copias de documento de identidad de dos (2) testigos.

Nota: Es necesario que el declarante y los testigos estén presentes para el momento de la firma del acta de reconocimiento consular.

Observación: El reconocimiento solo surtirá plenos efectos jurídicos en el territorio nacional, una vez que se estampe la nota marginal de reconocimiento en el acta de nacimiento inserta o inscrita en la Oficina o Unidad de Registro Civil.

Registro de Matrimonio

Requisitos:

  • Llenado de solicitud de Extracto del Acta de Matrimonio correspondiente, otorgado por la Sección Consular de esta Misión Diplomática.
  • Dos (2) Certificaciones del acta de matrimonio emitida por autoridad polaca debidamente apostillado y traducido al idioma castellano por un intérprete público (Original).
  • Dos (2) copias de acta de matrimonio emitida por autoridad polaca debidamente apostillada y traducido a al idioma castellano por un intérprete público.
  • Tres (3) copias de la cédula de identidad y pasaporte de ambos cónyuges.
  • Tres (3) copias de partidas de nacimiento de los cónyuges.
  • Tres (3) copias de la Gaceta Oficial o Certificado de naturalización, (en caso de que uno o ambos contrayentes sea naturalizado).
  • Tres (3) copias del documento de identidad del (la) cónyuge extranjero (a), si fuera el caso.

Registro de Defunción

Están obligados a Declarar la defunción:

  • Los familiares directos hasta el tercer grado de consanguinidad y primero de afinidad.
  • El cónyuge, la cónyuge o quien haya mantenido una unión estable de hecho con la persona fallecida.
  • Los (las) capitanes (as) de buque o aeronave donde haya ocurrido el fallecimiento.
  • Cualquier persona o autoridad civil, médica, militar o policial extranjera, que tuviese conocimiento del fallecimiento.

Requisitos:

  • Llenado de solicitud de extracto de defunción, otorgado por la Sección Consular, otorgado por la Sección Consular de esta Misión Diplomática.
  • Dos (2) Originales del documento que acredite la defunción emitido por autoridad local competente del país donde ocurrió el fallecimiento, debidamente apostillado y traducido al idioma castellano por un intérprete público.
  • Dos (2) Copias del certificado de defunción emitido por autoridad local competente del país donde ocurrió el fallecimiento, debidamente apostillado y traducido al idioma castellano por un intérprete público.
  • Tres (3) Copias de cédula de identidad y pasaporte de la persona fallecida.
  • Tres (3) Copias de la cédula de identidad y pasaporte de la persona que declara la defunción, de ser el caso.
  • Tres (3) Copias del acta de nacimiento, de la Gaceta Oficial o del certificado de naturalización de la persona fallecida, de ser el caso.
  • Tres (3) Copias del acta de matrimonio de la persona fallecida, de ser el caso.
  • Tres (3) Copias del documento de identidad del cónyuge, si fuera el caso.
  • Tres (3) Copias del acta de nacimiento de (los) hijo (s), si la tuviese.
  • Un (1) original de la Boleta de Control Demográfico para venezolanos fallecidos en el exterior.
  • Dos (2) copias de la Boleta de Control Demográfico para venezolanos fallecidos en el exterior.
  • Un (1) Original de la solicitud expresa debidamente motivada, en caso de que se requiera la inserción de la defunción de una persona extranjera.
  • Dos (2) copias de la solicitud expresa debidamente motivada, en caso de que se requiera la inserción de la Defunción de una persona extranjera.
  • Un (1) Original de la constancia que evidencie la existencia del vínculo filial conforme al artículo 125, numeral 4 de la Ley Orgánica de Registro Civil.
  • Dos (2) Copias de la constancia que evidencie la existencia del vínculo filial conforme al artículo 125, numeral 4 de la Ley Orgánica de Registro Civil.

Nacionalidad

Declaración de voluntad de acogerse a la nacionalidad Venezolana: es un paso previo a la inscripción de nacimiento, y se requiere cuando se trate de hijo (a) de padre venezolano por nacimiento o madre venezolana por nacimiento, o cuando se trate de hijo (a) de padre venezolano por nacimiento y/o madre venezolana por naturalización.

Requisitos:

  • Llenado de la solicitud de Declaración de voluntad, otorgado por la Sección Consular, otorgado por la Sección Consular de esta Misión Diplomática.
  • Un (1) Original del acta o certificado de nacimiento emitido por autoridad local competente del país donde ocurrió el nacimiento, debidamente apostillado y traducido por un intérprete público.
  • Dos (2) copias del acta o certificado de nacimiento emitido por autoridad local competente del país donde ocurrió el nacimiento, debidamente apostillado y traducido por un intérprete público.
  • Tres (3) copias de acta de nacimiento del padre y/o la madre venezolano por nacimiento.
  • Tres (3) copias de la Gaceta Oficial o Certificado de naturalización del padre y/o la madre venezolano por naturalización, si fuera el caso.
  • Tres (3) copias de cédula de identidad y pasaporte de padres venezolanos.
  • Tres (3) copias de documento de identidad de dos (2) testigos.

Nota: Es necesario que el declarante y los testigos estén presentes para el momento de la firma de la declaración de voluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana.

Renuncia la nacionalidad Venezolana:

  • Llenado de la solicitud de renuncia, otorgado por la Sección Consular, otorgado por la Sección Consular de esta Misión Diplomática.
  • Un (1) Original o certificación de constancia de haber obtenido o tramitado otra nacionalidad, la cual debe estar apostillada y traducida al idioma castellano por intérprete público o copia certificada del pasaporte extranjero.
  • Dos (2) copias de la constancia de haber obtenido o tramitado otra nacionalidad, la cual debe estar apostillada y traducida al idioma castellano por intérprete público, o copia certificada del pasaporte extranjero.
  • Tres (3) copias de cédula de identidad y pasaporte venezolano del renunciante.
  • Un (1) original de carta explicativa de las razones que justifican la renuncia a la nacionalidad venezolana, en caso de que el renunciante sea niño (a) o adolescente.
  • Dos (2) copias de carta explicativa de las razones que justifican la renuncia a la nacionalidad venezolana, en caso de que el renunciante sea niño (a) o adolescente.
  • Tres (3) copias de documento de identidad de dos (2) testigos.

Nota: Es necesario que el declarante y los testigos estén presentes para el momento de la firma del acta de renuncia a la nacionalidad venezolana.

Observación: Hasta tanto la renuncia a la nacionalidad no surta plenos efectos jurídicos en territorio nacional, excepcionalmente, se podrá expedir una constancia de tramitación de la renuncia, para ser presentada ante la autoridad extranjera que la requiera.