En atención al compromiso internacional del Estado venezolano como parte del «Convenio de 25 de octubre de 1980 sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores», relativo a la prevención de la retención indebida de los niños, niñas y adolescentes, así como de su seguridad en los traslados, y siguiendo las instrucciones emanadas del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores en esta materia, se establecen las normas indicadas a continuación, para los trámites de expedición y renovación de pasaportes, retiro de pasaportes y prórrogas de pasaporte, y documento de viaje a realizar en la embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Polonia.
Recaudos para renovar/expedir pasaporte de pasaporte de niño, niña o adolescente.
Tener una cita del SAIME asignada con su respectiva planilla del trámite.
El día de la cita, el niño, niña o adolescente deberá estar acompañado por ambos progenitores, presentando la partida de nacimiento venezolana (original y copia, no es necesario que esté apostillada), y los originales de los documentos de identidad del niño, niña o adolescente y de sus progenitores.
La ausencia de unos de los progenitores, podrá ser justificada por: (a) original y copia del acta de defunción del progenitor ausente; (b) original y copia de Sentencia de Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes por cambio de residencia que habilite al progenitor presente a realizar dicho trámite o por sentencia de tribunal que otorga el ejercicio unilateral de la patria potestad al progenitor que asiste a la cita; (c) original de autorización del progenitor ausente, otorgada en sede consular nacional, o ante el Consejo de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes o ante autoridad notarial. La autorización debe indicar los datos de la persona autorizada, tipo de trámite y embajada o consulado donde se realizará el mencionado trámite. Si la autorización se tramita ante autoridad notarial fuera de Venezuela, deberá ser apostillada y traducida al castellano por intérprete certificado.
En caso de que ambos progenitores hayan fallecido o estén privados de la patria potestad, la atención del tramité requerirá la presentación de copia de la Sentencia de Tribunal venezolano con presentación del original para la verificación respectiva, mediante la cual se otorga la tutela a un tercero responsable. En caso de colocaciones temporales o medidas provisionales se requiere ejemplar original de autorización judicial expresa adicional para la atención del trámite.
En caso de repatriación de niños, niñas o adolescentes solos o no acompañados en condiciones de vulnerabilidad en el exterior, la emisión de documento de viaje para retorno al país estará soportada en las medidas adoptadas por las autoridades competentes del Estado receptor (en este caso, Polonia) o por las instrucciones que a tal fin remita el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, en el marco de las recomendaciones emanadas de la Mesa Nacional de Protección Migratoria de Niños, Niñas y Adolescentes venezolanos.
Recaudos para retirar pasaporte o prórroga de pasaporte de niño, niña o adolescente.
Planilla de solicitud del trámite impresa para retiro de pasaporte o prórroga de pasaporte, la cual tiene un código de barras.
Presencia de ambos progenitores (para el retiro del documento no es necesaria la presencia del niño, niña o adolescente).
Original y copia del documento de identidad de ambos progenitores o representantes legales (cédula o pasaporte venezolano). En caso de que el progenitor sea extranjero, deberá presentar original y copia del pasaporte o documento nacional de identidad. Original y copia de la partida de nacimiento del niño, niña o adolescente.
Para los supuestos de progenitor ausentes, fallecidos u otros supuestos debe revisar el siguiente enlace Requisitos adicionales para retirar pasaporte o prórroga de pasaporte para niños, niñas y adolescentes.